El Ministerio Público Fiscal resolvió no avanzar con la persecución penal en contra del juez de Faltas Enrique Mattar, imputado por lesiones culposas leves tras haber protagonizado un accidente de tránsito en marzo pasado, donde se lo acusaba de cruzar un semáforo en rojo y embestir a un motociclista sin detener la marcha.
La determinación fue formalizada por el fiscal Roberto Ginsberg, de la UFI Delitos Especiales, tras el vencimiento de la Investigación Penal Preparatoria (IPP) de cuatro meses que había sido dispuesta por el juez Matías Parrón.
Sin acuerdo de reparación integral
A lo largo del proceso, la defensa del magistrado, a cargo del abogado Mario Padilla, intentó en dos oportunidades alcanzar una solución alternativa mediante una oferta de reparación económica integral del daño. Ante la imposibilidad de concretar una conciliación con la parte damnificada, la representación legal de Mattar solicitó formalmente la aplicación de un "criterio de oportunidad".
Esta herramienta procesal faculta al Ministerio Público a prescindir de la acción penal en aquellos casos donde el hecho presente una entidad mínima o exigua culpabilidad que no comprometa mayormente el interés público.
Lesiones leves y jurisprudencia análoga
Para sostener la medida, la Fiscalía fundamentó su decisión en el informe médico que constató que el motociclista sufrió lesiones leves con un período de incapacidad de tan solo 10 días.
El órgano acusador evaluó que la gravedad del incidente resultaba significativamente inferior a la de otros precedentes recientes donde también se aplicó el criterio de oportunidad, tales como siniestros que derivaron en fracturas de articulaciones, traumatismos graves de columna o incapacidades laborales de hasta dos meses. Asimismo, se valoró que el conductor contaba con la póliza de seguro vehicular al día y la ausencia de elementos que evidencien una imprudencia gravísima.
Plazo decisivo para la querella privada
La resolución emitida fija que la presunta víctima dispone de un plazo de 60 días hábiles desde su notificación para hacer uso de la facultad de "reconvertir la acción". Este mecanismo le permitiría impulsar la causa de manera individual y privada a través de un juicio por delitos de acción privada.
De no concretarse dicha presentación en el plazo estipulado —cuyo vencimiento estiman fijado para febrero—, la Fiscalía dispondrá de manera automática el sobreseimiento definitivo del juez de Faltas en la causa.

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