CAUSA ACUEDUCTO GRAN TULUM

La Justicia de San Juan exige la presencia física de Cristian Andino en la audiencia de formalización

La jueza de Garantías Mónica Lucero desestimó el pedido de la defensa para realizar la comparecencia por videoconferencia. El diputado nacional deberá asistir al Palacio de Tribunales el próximo martes 10 de noviembre en el marco de la investigación por presuntos sobreprecios e irregularidades en la obra hídrica.

La Justicia provincial ratificó la obligatoriedad de la asistencia presencial del diputado nacional Cristian Andino a la sede judicial de los Tribunales sanjuaninos. La magistrada Mónica Lucero rechazó el recurso interpuesto por la representación legal del legislador, que pretendía habilitar su intervención mediante plataforma virtual, y confirmó la realización del acto procesal para el martes 10 de noviembre a las 14:30 en la Sala N.º 9 del edificio del fuero penal.

La citación formal se enmarca en la investigación penal iniciada a fines de 2025 para determinar eventuales responsabilidades en la ejecución de la obra del Acueducto Gran Tulum, causa que involucra a 11 imputados, entre los que figura también el actual senador nacional Sergio Uñac.

Argumentos del fallo y antecedentes procesales

La audiencia actual busca completar la instancia que quedó pendiente desde el pasado 14 de octubre, fecha en la que los legisladores nacionales no concurrieron al juzgado alegando responsabilidades vinculadas a la actividad parlamentaria.

En el dictamen judicial, la jueza fijó los criterios de la denegatoria:

  • Dirección del proceso: la fijación del formato de la audiencia es facultad exclusiva de la magistratura y no constituye una resolución susceptible de apelación.
  • Principio de presencialidad: la comparecencia física constituye la norma ordinaria en la tramitación del procedimiento penal, sin que la agenda laboral parlamentaria resulte causa de exención.
  • Validez de notificaciones: si bien la inasistencia inicial contó con justificación procesal, ello no otorgó autorización para el uso de modalidades remotas en las convocatorias posteriores.

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